Retenciones IRPF en España: Guía Completa 2025

Todo sobre las retenciones IRPF: cuándo aplicarlas, tipos vigentes 2025, cálculos prácticos y obligaciones fiscales explicadas paso a paso.

Guías
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•Por Equipo Faitura
11 minutos de lectura

Retenciones IRPF en España: Guía Completa 2025

Las retenciones del IRPF son uno de los aspectos más importantes de la facturación profesional en España. Esta guía te explica cuándo aplicarlas, cómo calcularlas y todas las obligaciones que conllevan.

¿Qué son las Retenciones IRPF?

Las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas son anticipos del impuesto que debe pagar el profesional al final del año. Las empresas actúan como "recaudadoras" para Hacienda.

Funcionamiento Básico

💡explanation
🔄 Cómo Funcionan las Retenciones
  1. El profesional presta un servicio
  2. La empresa cliente le retiene un % del importe
  3. La empresa ingresa esa retención a Hacienda
  4. El profesional se deduce esas retenciones en su declaración anual
  5. Hacienda calcula si debe devolver dinero o pagar más

Conceptos Clave

  • Base de retención: Importe sobre el que se calcula (sin IVA)
  • Tipo de retención: Porcentaje que se aplica (7%, 15%, etc.)
  • Cuota de retención: Cantidad en euros que se retiene
  • Certificado de retenciones: Documento que acredita lo retenido

¿Cuándo se Aplican Retenciones IRPF?

Actividades Sujetas a Retención

Actividades con/sin Retención IRPF
ActividadRetencionEjemplosTipo
Servicios profesionales✅ SÍAbogados, arquitectos, consultores, diseñadores15% (7% primeros 3 años)
Actividades artísticas✅ SÍMúsicos, actores, escritores, conferenciantes15% (7% primeros 3 años)
Actividades deportivas✅ SÍEntrenadores, deportistas profesionales15% (7% primeros 3 años)
Actividades empresariales❌ NOComercio, industria, agriculturaNo aplica (salvo excepciones)

Tipos de Clientes que Retienen

Preguntas Frecuentes
Q: ¿Qué clientes DEBEN practicar retenciones?

A: Empresas (sociedades), otros autónomos que desarrollen actividades económicas, administraciones públicas, entidades sin ánimo de lucro con actividad económica.

Q: ¿Qué clientes NO practican retenciones?

A: Particulares (personas físicas que no son empresarios), personas físicas en régimen de módulos (salvo casos específicos), clientes extranjeros.

Q: ¿Y si mi cliente está en módulos?

A: Depende. Si el autónomo en módulos tiene empleados o supera ciertos límites, SÍ debe retener. Si no, NO está obligado a retener.

Tipos de Retención Vigentes en 2025

Actividades Profesionales

📋 Evolución de Retenciones Profesionales
Primeros 3 años

7% de retención

Beneficio para nuevos profesionales (desde inicio actividad)

A partir del 4º año

15% de retención

Tipo general para actividades profesionales

Casos especiales

19% de retención

Determinadas actividades artísticas y deportivas

Actividades Empresariales con Retención

Aunque la mayoría de actividades empresariales NO tienen retención, hay excepciones:

  • Actividades agrícolas y ganaderas: 1%
  • Actividades forestales: 1%
  • Arrendamientos de inmuebles urbanos: 19%
  • Determinados servicios empresariales: 1%

Cálculo de Retenciones: Ejemplos Prácticos

Ejemplo 1: Diseñador en sus Primeros 3 Años

Factura con Retención 7%text
FACTURA: 2025/045
Fecha: 15/01/2025

Laura García Martín
NIF: 12345678A
C/ Serrano, 89, 28006 Madrid
(Actividad iniciada: Marzo 2023)

CLIENTE:
Marketing Digital SL
CIF: B87654321
C/ Gran Vía, 123, 28013 Madrid

DESCRIPCIÓN:
Diseño identidad corporativa completa
- Logo principal y variaciones
- Manual de identidad corporativa  
- Aplicaciones en papelería

Base imponible: 1.500,00€
IVA (21%): 315,00€
Retención IRPF (7%): -105,00€
TOTAL: 1.710,00€

Líquido a percibir: 1.710,00€

Ejemplo 2: Consultor Experimentado

Factura con Retención 15%text
FACTURA: 2025/128
Fecha: 16/01/2025

Carlos Rodríguez López  
NIF: 87654321B
C/ Castellana, 200, 28046 Madrid
(Actividad iniciada: Enero 2019)

CLIENTE:
Innovación Tecnológica SL
CIF: B11223344
Polígono Industrial Sur, Nave 15
28850 Torrejón de Ardoz, Madrid

DESCRIPCIÓN:
Consultoría estrategia digital Q1 2025
- Análisis situación actual (20h)
- Plan estratégico digital (30h)
- Implementación inicial (25h)
Total: 75h × 80€/h

Base imponible: 6.000,00€
IVA (21%): 1.260,00€  
Retención IRPF (15%): -900,00€
TOTAL: 6.360,00€

Líquido a percibir: 6.360,00€

Ejemplo 3: Servicios a Particular (Sin Retención)

Factura Sin Retencióntext
FACTURA: 2025/089
Fecha: 17/01/2025

Ana Fernández Díaz
NIF: 11223344C
C/ Atocha, 67, 28012 Madrid

CLIENTE:
Pedro Martínez García (PARTICULAR)
NIF: 55667788D
C/ Toledo, 123, 45001 Toledo

DESCRIPCIÓN:
Diseño página web personal
- Diseño y maquetación
- Desarrollo responsive
- Hosting primer año incluido

Base imponible: 800,00€
IVA (21%): 168,00€
TOTAL: 968,00€

Nota: Sin retención (cliente particular)

Calculadora de Retenciones

🧮 Calculadora de Retenciones IRPF

Calcula la retención según tu situación y tipo de cliente

€

Pasos para calcular:

  1. Identifica tu actividad: Profesional, artística, empresarial
  2. Determina tu antigüedad: Primeros 3 años o posterior
  3. Verifica el tipo de cliente: Empresa, particular, administración
  4. Aplica el porcentaje: Sobre la base imponible (sin IVA)

Obligaciones del que Retiene

Para las Empresas que Practican Retenciones

💡obligations
📋 Obligaciones de las Empresas

Inmediatas:

  • ✅ Practicar la retención en el momento del pago
  • ✅ Ingresar en Hacienda antes del día 20 del mes siguiente
  • ✅ Entregar certificado de retenciones al profesional

Trimestrales:

  • ✅ Modelo 111: Declaración de retenciones trimestrales

Anuales:

  • ✅ Modelo 190: Resumen anual de retenciones
  • ✅ Certificados anuales: A todos los profesionales

Modelo 111: Declaración Trimestral

Datos del Modelo 111text
MODELO 111 - 1T 2025

RETENCIONES PRACTICADAS:
- Enero: 2.450€ (15 profesionales)
- Febrero: 3.100€ (18 profesionales)  
- Marzo: 2.890€ (16 profesionales)

TOTAL RETENCIONES: 8.440€
Fecha límite presentación: 20 abril 2025
Forma de presentación: Telemática (obligatorio)

Obligaciones del Profesional

Control de Retenciones Sufridas

Gestión de Retenciones por el Profesional
PeriodoAccionDocumentoObjetivo
MensualRegistrar retencionesFacturas emitidasControl de tesorería
TrimestralVerificar ingresosModelo 111 del clienteConfirmar que se ingresó
Enero siguienteRecibir certificadosCertificado anual retencionesPreparar declaración renta
Abril-JunioDeclaración rentaModelo 100Liquidar IRPF anual

Certificado de Retenciones

Modelo de Certificado de Retencionestext
CERTIFICADO DE RETENCIONES 2024

Empresa: Marketing Digital SL
CIF: B87654321

Profesional: Laura García Martín
NIF: 12345678A

RESUMEN ANUAL:
- Total base retenciones: 24.500,00€
- Total retenciones practicadas: 1.715,00€
- Tipo aplicado: 7% (nuevos profesionales)

Número de facturas: 18
Periodo: 01/01/2024 - 31/12/2024

Madrid, 31 de enero de 2025

Casos Especiales y Excepciones

Profesionales Exentos de Retención

Preguntas Frecuentes
Q: ¿Cuándo NO se aplica retención en servicios profesionales?

A: Cuando el profesional está en módulos Y no tiene empleados Y no supera 15.000€ anuales con ese cliente específico.

Q: ¿Qué pasa con los profesionales colegiados?

A: Aplican las mismas reglas. El estar colegiado no exime de retenciones, pero algunos colegios pueden actuar como intermediarios.

Q: ¿Y los servicios prestados desde el extranjero?

A: Los clientes españoles NO deben practicar retención a profesionales residentes fiscales en otros países.

Actividades Mixtas

Si desarrollas actividades profesionales Y empresariales:

  • Servicios profesionales: Con retención (15% o 7%)
  • Venta de productos: Sin retención
  • Facturas separadas o desglose claro en la misma factura
Factura con Actividades Mixtastext
FACTURA: 2025/067

SERVICIOS PROFESIONALES:
Consultoría SEO: 1.000,00€
IVA (21%): 210,00€
Retención IRPF (15%): -150,00€
Subtotal: 1.060,00€

VENTA DE PRODUCTOS:
Plugin SEO personalizado: 500,00€
IVA (21%): 105,00€
Subtotal: 605,00€

TOTAL FACTURA: 1.665,00€

Errores Comunes con Retenciones

Top 5 Errores y Soluciones

Preguntas Frecuentes
Q: Error: Aplicar retención a clientes particulares

A: SOLUCIÓN: Verificar siempre si el cliente es empresa o particular. Los particulares NO practican retención excepto en casos muy específicos.

Q: Error: Calcular retención sobre el IVA

A: SOLUCIÓN: La retención se calcula SOLO sobre la base imponible (sin IVA). Nunca incluir el IVA en el cálculo de retención.

Q: Error: No aplicar el 7% en primeros 3 años

A: SOLUCIÓN: Los nuevos profesionales tienen derecho al 7% los primeros 3 años. Comunicar claramente esta situación a los clientes.

Q: Error: Olvidar indicar la retención en factura

A: SOLUCIÓN: Siempre detallar la retención en la factura: base, porcentaje aplicado e importe retenido. Es obligatorio para el cliente.

Q: Error: No controlar que el cliente ingrese las retenciones

A: SOLUCIÓN: Solicitar copia del Modelo 111 o verificar en tu declaración anual que las retenciones aparecen correctamente.

Automatización de Retenciones

Software Profesional vs Manual

Gestión Manual vs Automatizada
AspectoManualAutomaticoVentaja
Cálculo de retencionesPropenso a errores✅ Perfecto siempreSin errores de cálculo
Tipo según clienteHay que recordar✅ Automático por clienteBase de datos inteligente
Control 3 añosFácil de olvidar✅ Cambio automáticoActualización sin intervención
Certificados anualesProceso tedioso✅ Generación automáticaPreparado para renta
🤖Automatización

🤖 Automatiza las Retenciones con Faitura Faitura gestiona automáticamente todas las retenciones IRPF:

Lo que automatizamos:

  • ✅ Identificación automática del tipo de cliente
  • ✅ Cálculo perfecto según actividad y antigüedad
  • ✅ Control de los 3 años para nuevos profesionales
  • ✅ Facturas completas con retenciones detalladas
  • ✅ Informes anuales preparados para la renta
  • ✅ Alertas de cambios normativos

Preguntas Frecuentes Avanzadas

Preguntas Frecuentes
Q: ¿Qué pasa si un cliente no me practica retención cuando debería?

A: Puedes reclamarle que rectifique, pero la responsabilidad es suya. En tu declaración anual, declara los ingresos sin retención y pagarás más IRPF.

Q: ¿Puedo renunciar al 7% de los primeros 3 años?

A: No existe un mecanismo formal de renuncia, pero puedes comunicar a tus clientes que apliquen el 15% si te conviene para tu planificación fiscal.

Q: ¿Cómo afectan las retenciones a mi flujo de caja?

A: Reduces el cobro inmediato pero pagas menos IRPF en la declaración anual. Es un adelanto del impuesto, no un coste adicional.

Q: ¿Qué pasa si cambio de actividad profesional a empresarial?

A: Debes comunicar el cambio a tus clientes. Las nuevas facturas por actividad empresarial no llevarán retención (salvo excepciones).

Recursos y Normativa

Guías Relacionadas

Normativa de Referencia

  • Ley 35/2006 del IRPF - Artículos sobre retenciones
  • Real Decreto 439/2007 - Reglamento del IRPF
  • Orden HAC/1182/2018 - Modelos de declaración

Herramientas Oficiales

  • Sede Electrónica AEAT: Para consultas y presentaciones
  • Calculadora retenciones: En portal AEAT
  • Modelo 111: Declaración trimestral online

💡 ¿Dudas sobre tu caso específico? Las retenciones pueden tener particularidades según tu actividad. Consulta con nuestro equipo de expertos fiscales para una revisión personalizada de tu situación.

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